La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió destrabar la inconstitucionalidad del aborto voluntario en Chihuahua, un triunfo para las abortistas feministas comeniños y un golpe para la veladora perpetua provida y profamilia.
El pleno de la Corte determinó el pasado jueves declarar la invalidez, con efectos generales, de los artículos 143, párrafo segundo y, también por mayoría de 8 votos la invalidez del articulo 143 párrafo primero y 146 proemio y la fracción I del Código Penal del Estado de Chihuahua que regulan la prohibición absoluta del aborto voluntario y los requisitos para acceder al aborto por violación.
El marrazo de la Corte dejó entonces sin efectos los artículos y ninguna autoridad estatal podrá negar servicios de aborto o criminalizar a una persona por abortar, y no será necesario que el Congreso de Chihuahua legisle para despenalizar el aborto, pues la sentencia surte efectos de forma inmediata.
Las declaratoria de inconstitucionalidad tiene como antecedente el Amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala de la SCJN desde octubre de 2023, mediante el cual la Corte concedió el amparo a una mujer de Chihuahua que impugnó los artículos del Código Penal estatal porque violaban su derecho a la igualdad y no discriminación y el derecho a decidir sobre el acceso a un aborto voluntario.
Después de esta decisión, que en su momento sólo benefició a la mujer demandante, la SCJN notificó esta decisión a los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado de Chihuahua, y mediante el artículo 232 de la Ley de Amparo la Corte inició el procedimiento de Declaratoria General de Inconstitucionalidad y aplazó al Congreso un plazo de 90 días para hacer las reformas que consideraran necesarias para que los artículos impugnados dejaran de violar derechos humanos.
El ejecutor del marrazo diabólico abortista fue el Ministro Juan Luis Gonzáles Alcántara Carrancá, nuevo ídolo de las organizaciones de mujeres de cabello azul, morado y coquete.